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ActualidadAsesoría laboral en Vigo. Orden de módulos para 2019 | Grupo ABC

23 noviembre, 2018

Desarrolla el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA| Asesoría laboral en Vigo

Desde nuestra asesoría laboral en Vigo te informamos sobre el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

La Orden mantiene la estructura de la Orden HFP/1159/2017, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2018 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

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 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Se mantienen para 2019 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación.

Conservan la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos derivada de los acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajador Autónomo.

Permanecen los índices de rendimiento neto aplicables para las actividades agrícolas, de uvas de mesa, flores y plantas ornamentales y tabaco.

 Impuesto sobre el Valor Añadido | Asesoría laboral en Vigo

La Orden mantiene para 2019 los módulos y las instrucciones para su aplicación del año anterior.

Se mantienen los porcentajes aplicables para el cálculo de la cuota devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado del IVA en las actividades ganaderas afectadas por crisis sectoriales (servicios de cría, guarda y engorde de aves y apicultura).

Renuncia o revocación

Los contribuyentes que desarrollen actividades a las que sea de aplicación el método de estimación objetiva o los sujetos pasivos del IVA a los que sea de aplicación el régimen especial simplificado y deseen renunciar a él o revocar su renuncia para 2019, podrán hacerlo desde que se publique en el BOE la Orden hasta el 31 de diciembre de 2018.

No obstante lo anterior, también se entenderá efectuada la renuncia cuando se presente en el plazo reglamentario la declaración correspondiente al pago fraccionado del primer trimestre del año natural en que deba surtir efectos en la forma dispuesta para el método de estimación directa.

En caso de inicio de la actividad, también se entenderá efectuada la renuncia cuando se efectúe en el plazo reglamentario el pago fraccionado correspondiente al primer trimestre de ejercicio de la actividad en la forma dispuesta para el método de estimación directa.

Si siguen teniendo dudas sobre este tema, en nuestro departamento de asesoría laboral en Vigo, nuestro equipo de profesionales estarán encantados de atenderlo sin ningún compromiso  rellenando el siguiente formulario.

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