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ActualidadA vueltas con la cláusula suelo ¿Han reclamado todos los que podían?

6 febrero, 2019

Desde que el TJCE dictara la archiconocida sentencia de 21 de diciembre de 2016, que declaró la retroactividad total en relación a la cláusula suelo, ha pasado el suficiente tiempo como para que podamos analizar hasta qué punto han reclamado todos los que podían.

Es cierto que la publicidad que la misma generó a través de los medios de comunicación provocó que un importante número de consumidores acudiese a los despachos de abogados al efecto de informarse sobre si tenían cláusula suelo y las posibilidades jurídicas, tanto judiciales como extrajudiciales, para su reclamación.

Pero el importante volumen de asuntos que estamos gestionando, por cierto con un 100% de efectividad, nos permiten realizar una serie de reflexiones.

La primera de ellas es que el perfil-tipo de clientes que han entrado en nuestras instalaciones es el de un consumidor que concertó un préstamo hipotecario para la adquisición de primera vivienda.

La segunda es que la abundantísima jurisprudencia existente a día de hoy nos permite concluir, sin ningún género de dudas, que las posibilidades de reclamación van mucho más alla. En dicho sentido dejo unos breves apuntes para que los consumidores que se han tomado la molestia de leer éste artículo puedan detectar si ellos o algún conocido puede reclamar la devolución de la cláusula suelo y, o no lo sabía, o no se le había ocurrido realizarnos una pequeña consulta absolutamente gratuita que le puede suponer un beneficio económico.

1.- La cláusula suelo es igualmente nula cuando el préstamo hipotecario se concertó para la adquisición de una segunda vivienda. A título de ejemplo si adquiero un apartamento para el periodo vacacional.

2.- El hecho de adquirir una vivienda o incluso un local a modo de inversión tampoco impide que se pueda reclamar el suelo siempre que el adquirente no se dedique profesionalmente a la actividad de compraventa o alquiler de viviendas-locales. En dicho sentido la jurisprudencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, absolutamente puntera a nivel nacional, ha establecido en multitud de resoluciones la figura del “consumidor-inversor” que protege dichas situaciones, incluso aunque las viviendas o locales se hayan alquilado.

3.- El destino de la hipoteca, en contra de lo que señalan los Bancos para eludir sus obligaciones, no es exclusivamente el de adquisición de vivienda. Otros destinos como reformas, adquisición de terrenos, refinanciación de deudas personales etc son válidos a los efectos de que prospere la reclamación. Es más si los prestatarios son empleados a cuenta ajena y no autónomos o empresarios, podemos decir que sea cual fuere el destino es prácticamente seguro que la reclamación va a prosperar. Respecto de trabajadores autónomos habría que verificar con más detalle la documentación pero sigue habiendo grandes posibilidades siempre que el destino no estuviera vinculado a su actividad profesional.

4.- Como ya he señalado en otros artículos la cláusula suelo no sólo está presente en los préstamos hipotecarios sino que ese práctica habitual de los Bancos introducir la cláusula suelo en los préstamos personales . Es más, como ya señalé en un artículo anterior, como los medios de comunicación no se han hecho eco de ello, las reclamaciones de cláusula suelo en relación al préstamos personales son prácticamente inexistentes , y lo cierto es que son también nulas.

5.- Otro engaño habitual de los Bancos es indicar que no procede la reclamación de la cláusula suelo porque el préstamo está cancelado. No es cierto, aunque el préstamo esté cancelado la reclamación es posible.

La conclusión parece clara: A día de hoy sigue habiendo multitud de personas que por desconocimiento o engaño de su Banco tienen una cláusula suelo que es nula y por tanto tienen derecho a lo que le han cobrado demás. Por ello animamos a todos a que os acerquéis por cualquiera de nuestras oficinas para que de modo totalmente gratuito puedan saber si tienen derecho a reclamar.

Conoce otros casos sobre cláusula suelo.

Juan Lojo Muñoz

Abogado de Grupo ABC

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