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ActualidadCovid-19Medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al COVID-19

7 abril, 2020

El Real Decreto-ley 11/2020, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, amplía los supuestos en los que se pueden rescatar las aportaciones realizadas a los planes de pensiones. Se incluyen también los planes de previsión asegurados, los planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social recogidos en el artículo 51 de la Ley de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas.

¿Quiénes pueden solicitarlo y qué importe?

  1. Personas afectadas por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) derivado del COVID-19. El importe rescatado no puede ser superior a los salarios dejados de percibir durante la vigencia del ERTE.
  2. Empresarios titulares de negocios cuya apertura se haya suspendido como consecuencia del estado de alarma. El importe recuperado no puede superar los ingresos netos estimados que se hayan dejado de percibir durante el cierre temporal.
  3. Trabajadores por cuenta propia que hubiesen estado integrados en un régimen de la Seguridad Social y que hayan cesado su actividad por el COVID-19. Podrán acceder a un importe igual o inferior a los ingresos netos que se hayan dejado de percibir en el cese.

Desde Grupo ABC  queremos ayudarte y asesorarte en todo momento con todas las medidas posibles relacionadas con el COVID-19. Puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono informativo 986 25 25 25.

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