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ActualidadDivorcio, ¿Qúe ocurre con la vivienda? | Grupo ABC

28 noviembre, 2018

El Tribunal Supremo dictamina que la convivencia de uno de los cónyuges con una nueva pareja extingue el derecho de uso de la vivienda familiar tras el divorcio.

Ante un divorcio son muchos los temas que debemos de tener en cuenta. Hoy aclaramos que hacer respecto a la vivienda familiar.

La semana pasada hemos podido acceder al contenido de la Sentencia de 20 de noviembre de 2018 que analiza una problemática sufren muchas personas divorciadas: 

En caso de divorcio al cónyuge al que se le atribuía la guarda y custodia de los hijos, se le atribuía el uso de la vivienda familiar.

El problema surgía respecto del otro cónyuge, que tenía que buscar una nueva vivienda para habitar, y en no pocas ocasiones seguir pagando en todo o en parte las cuotas del préstamo hipotecario de una vivienda que ya no habita.

divorcio

 

 

Dicha situación llevaba a situaciones ciertamente injustas ya que el cónyuge que dejaba la vivienda, muchas veces no podía atender al pago de la hipoteca y el gasto de una nueva vivienda; y por encima no podía pedir financiación en los bancos ya que al tener la carga de la hipoteca se la denegaban en la práctica totalidad de las ocasiones. 

Repercusión de la sentencia| Divorcio

Pues bien, la Sentencia comentada abre una nueva vía, ya que en caso de que el cónyuge que vive con los hijos comience una nueva relación con otra pareja y conviva con ella en el que era el domicilio familiar el Supremo dice que la vivienda pierde el carácter de familiar. Las consecuencia es que el otro cónyuge puede pedir la liquidación de la Sociedad de Gananciales y una vez se practique la misma llegar a un acuerdo con la otra parte para que le compre su parte de la vivienda, y en caso de no ser posible pedir la extinción del condominio en los tribunales, con la consiguiente venta en pública subasta de la vivienda en la que un tercero o alguno de los ex cónyuges se la adjudique. 

Dicha posibilidad es especialmente interesante por dos aspectos: El primero que existen multitud de parejas que en estos años han llevado a sus nuevas parejas al domicilio familiar y el segundo que en no pocas ocasiones el cónyuge que no habita el que era domicilio familiar necesita dinero. 

La Sentencia trata la problemática para el caso de que la vivienda fuera ganancial, pero entiendo que si el bien fuera privativo de  la persona que ya no habita la vivienda el resultado sería el mismo: Si acredita que su ex cónyuge habita la casa con su nueva pareja puede pedir que se deje sin efecto la atribución de la vivienda a su ex cónyuge y recuperar la misma. 

Encuentra una solución | Divorcio

En definitiva si usted se ha divorciado y su ex pareja convive en su casa con una nueva persona, podemos conseguir que le compren su parte, que usted la pueda adquirir para sí o venderla si no hay acuerdo.

Para ello es imprescindible que acuda a Grupo ABC para que procedamos a solicitar la declaración de la extinción del uso como vivienda familiar y en su caso la liquidación de la sociedad de gananciales.

 Juan Lojo Muñoz  

Abogado de Grupo ABC

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