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ActualidadGrupo ABC | Créditos y tarjetas revolving, unule y reclame su dinero

18 mayo, 2018

Créditos y tarjetas revolving , anulación y  devolución de los intereses abusivos establecidos por las entidades bancarias en este tipo de prestamos.

Los créditos y tarjetas revolving son un contrato de crédito que le permite al prestatario hacer disposiciones mediante llamadas telefónicas o mediante el uso de una tarjeta de crédito hasta el límite de crédito concedido, quedando las disposiciones aplazadas automáticamente de modo que el usuario puede reembolsar esas disposiciones en plazos y a medida que se salda la deuda el dinero vuelve a estar disponible para que el usuario.

Para el usuario las principales ventajas del revolving son la flexibilidad y la disponibilidad, ya que tiene acceso inmediato a un crédito que se va reponiendo automáticamente al realizar cada nuevo pago y además el usuario puede fijar la cuantía que devolverá en cada pago.

No obstante, el revolving hace que el usuario tienda a gastar más al hacer uso del crédito sin pensárselo ya que el dinero está disponible y se puede devolver en “cómodos plazos”.

Pero la principal desventaja del revolving son los enormes intereses a pagar, en muchas ocasiones totalmente desproporcionados cuando no directamente usurarios.

 La Ley de Represión de la Usura es plenamente aplicable pese a su antigüedad (23 de julio de 1908) y establece una limitación a la libertad de pactos a la fijación del tipo de interés remuneratorio de un crédito o un préstamo al disponer en su artículo primero que “será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”.

Para que un préstamo se considere usuario es suficiente que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.

A efectos de su calificación como usurario, el interés fijado para el crédito no se compara con el denominado interés legal, sino con el interés normal o habitual, en concurrencia con las circunstancias del caso y la libertad de las partes para fijar el tipo de interés que estimen conveniente, haciéndose la comparación no entre los intereses nominales sino con la tasa anual equivalente (TAE).

De acuerdo con el Tribunal Supremo, para establecer lo que se considera “interés normal”, puede acudirse a las estadísticas que publica el Banco de España, tomando como base la información que mensualmente tienen que facilitarle las entidades de crédito sobre los tipos de interés que aplican a diversas modalidades de operaciones activas y pasivas (créditos y préstamos personales hasta un año y hasta tres años, hipotecarios a más de tres años, cuentas corrientes, cuentas de ahorro, cesiones temporales, etc.)”.

Mientras que el TAE promedio para préstamos y créditos al consumo en los últimos 10 años no supera el 10%, muchas tarjetas y créditos revolving aplican intereses remuneratorios que van desde el 17% al 27% por lo que suelen ser declarados usurarios por los Tribunales.

En caso de ser usuario de una tarjeta o crédito revolving con esos tipos de interés puede solicitar su nulidad y obtener la devolución de todas las cantidades pagadas en concepto de intereses, ya que solo estaría obligado a pagar el principal del crédito.

Por ello desde GRUPO ABC, quedamos a su disposición y les invitamos a que se acerquen por cualquiera de nuestras oficinas, donde les informaremos, una vez analizada la documentación necesaria, de las actuaciones jurídicas a llevar a cabo.

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